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Inicio - RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS ALMERIENSES CON EQUIPOS EN COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO NACIONAL NO PROFESIONAL. TEMPORADA 2024-2025.

RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS ALMERIENSES CON EQUIPOS EN COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO NACIONAL NO PROFESIONAL. TEMPORADA 2024-2025.

Diputación Provincial de Almería

Deportes y Juventud

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Subvenciones y Ayudas - Deportivas - CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS ALMERIENSES CON EQUIPOS EN COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO NACIONAL NO PROFESIONAL, TEMPORADA 2024-2025

Publicado: 27/11/2025
Asunto: Acuerdo de Junta de Gobierno núm. 8 adoptado en sesión de 24/11/2025.

En la Diputación de Almería se ha adoptado el acuerdo que se adjunta, contenido en documento cuya URL de verificación es https://ov.dipalme.org/csv?id=59Ukf5Ci8kDOrLJxxE9BOA== . Lo que se le notifica para su conocimiento y efectos.

No obstante, de conformidad con el artículo 192 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Diputación de Almería, se advierte que el acta comprensiva del acuerdo a que se refiere el presente documento, aún no ha sido aprobada, por lo que el contenido del mismo queda a reserva de los términos que resulten de la aprobación de aquélla.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Junta de Gobierno de la Diputación de Almería, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Se le indica que, si presenta el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición. Los expresados recursos lo son sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Sin perjuicio del acceso electrónico a este documento a través de la dirección electrónica habilitada única, disponible desde https://dehu.redsara.es y/o por medio de la sede electrónica de la Diputación de Almería, accesible desde https://sede.dipalme.org ; se le informa, además, de que dicho documento podrá también verificarse y validarse su firma desde la citada sede electrónica de la Diputación de Almería.

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Acuerdo 8 JG 24-11-25. 168 KB[descargar]